Carlos Estévez, Director General de Aguas: “La reforma al Código de Aguas mantiene la condición de indefinidos de los derechos vigentes y los  nuevos serán de hasta 30 años prorrogables”

Director de DGA expuso principales características de las Reformas al Código de Aguas

Carlos Estévez, Director General de Aguas: “La reforma al Código de Aguas mantiene la condición de indefinidos de los derechos vigentes y los  nuevos serán de hasta 30 años prorrogables”

2 de mayo de 2017
El gobierno de la presidenta Bachelet apoya en el Senado dos reformas al Código de Aguas, el boletín 7543-12 que apunta a equilibrar el uso productivo del agua con la preservación ecosistémica y el derecho humano de acceso al agua potable y saneamiento; y el boletín 8149-09 para mejorar la transparencia en la información, aumentar las facultades fiscalizadoras de la Dirección General de Aguas (DGA) y la cuantía de las sanciones, a fin de que violar la ley, perjudicar los derechos de terceros y dañar la sustentabilidad de los acuíferos, dejen de ser recurrentes.
En su visita a la región, para realizar actividades en Coyhaique y  Villa O’Higgins, el Director General de Aguas del Ministerio de Obras Públicas, Carlos Estévez aclaró los principales aspectos de la reforma, uno de ellos, es que consagra el derecho humano de acceso al agua y al saneamiento. “El derecho al saneamiento es independiente al derecho humano al agua, tiene que ver con la higiene, con el derecho de la persona  de evacuar las fecas a través del  agua y que no se mezclen en su vida cotidiana”, aclaró. 
Por eso, sostiene Estévez, que el derecho a la propiedad no puede estar por sobre el derecho a  la vida, ejemplo de ello, es que el derecho humano de acceso al agua fue consagrado el 2010 por la Organización de las Naciones Unidas, declaración que Chile suscribió.
La preservación del ecosistema, también es preocupación de esta reforma, prohibiendo la entrega de derechos de aprovechamiento de agua en glaciares y áreas declaradas bajo protección de la diversidad. “El que quiera producir con las aguas, tiene que entender que sus hijos y nietos no podrán contar con este recurso si uno lo destruye o contamina, o cuando la explotación excede los límites y afecta el balance de recarga natural de los acuíferos”.
“La reforma al Código de Aguas mantiene la condición de indefinidos de los derechos vigentes y los  nuevos serán de hasta 30 años prorrogables. Es más, el Ejecutivo envió una indicación en que lo explicita, pero sí deja claro que las normas de caducidad y extinción de los derechos que no se aprovechen y se mantengan ociosos,  aplicarán a derechos antiguos y nuevos”, destacó Estévez.
El proyecto de ley establece un régimen de caducidad y extinción para los derechos de aprovechamiento de aguas que no se utilizan, para que éstos sean devueltos a la sociedad  y redistribuidos a quienes sí lo necesiten.
“Por ejemplo, si una futura hidroeléctrica pide derechos no consuntivos en gran parte de los ríos, no hace las obras de aprovechamiento  y pasan 10 años, la reforma dice cuidado, le vamos a extinguir esos derechos, evalúe sus circunstancias, primero le cobraremos patente por no uso”. 
En el caso de los derechos consuntivos, si transcurridos 5 años y el titular no construye la bocatoma o  canal, o en el caso de  aguas subterráneas no hace el pozo o  no instala la motobomba, se extingue el derecho. A menos que pueda probar que el retraso se debe a que está tramitando un derecho en la DGA o DOH, y en ese caso, se suspende el cómputo del plazo hasta 4 años.